SERVICIOS & EQUIPOS BIOMÉDICOS SAS, ha definido y establecido una política del no consumo de sustancias psicoactivas tales como el alcohol, tabaco, y drogas, con el fin de promover y fomentar el bienestar de los empleados, contratistas y visitantes que ingresen a las instalaciones donde opera nuestra organización, ya que esto genera impactos negativos sobre la sociedad, el ambiente y las condiciones de trabajo, debido a sus factores de riesgo asociados.
Por lo tanto, con el ánimo de lograr el mejoramiento del desempeño laboral y el fomento de los hábitos y estilos de vida saludable y teniendo en cuenta lo establecido en la resolución 1075 del 24 de marzo de 1992, la resolución 4225 del 29 de mayo de 1992 y la resolución 2646 de 2008, establece las siguientes recomendaciones:
1. Ningún empleado y/o contratista, podrá presentarse al cumplimiento de sus funciones bajo el efecto de sustancias psicoactivas incluidas bebidas alcohólicas o energizantes u otras que afecten el funcionamiento adecuado del desempeño laboral.
2. No está permitido el consumo de tabaco, sustancias psicoactivas, bebidas alcohólicas o energizantes, durante la jornada laboral, en el desarrollo de actividades y/o funciones dentro de las instalaciones donde opera nuestra organización.
3. Los trabajadores deberán tener una conducta responsable y participativa en las acciones de sensibilización que promuevan el cumplimiento de esta política y de las reglas o normas que se deriven de ella, son condicionales de empleo y contratación en nuestra organización.
4. La empresa promoverá actividades de sensibilización y de capacitación para los trabajadores, contratistas y temporales que buscan la creación de hábitos y estilos de vida saludables en relación al daño que causa el cigarrillo, bebidas alcohólicas y/o energizantes y sustancias psicoactivas que afectan la salud del individuo y su entorno.
Lo indicado anteriormente es aplicable:
- A todos los colaboradores de la compañía, proveedores, contratista, subcontratistas y demás grupos de interés, que realicen labores que vinculen a la compañía.
- Al interior de las instalaciones de Serviequipos.
- En las instalaciones donde se realice teletrabajo, trabajo en casa o trabajo remoto en concordancia de las directrices de esta política.
- En las instalaciones de los clientes de la compañía.
- En las instalaciones de los proveedores de la compañía.
- Durante la jornada de trabajo.
- Al interior de los vehículos de la compañía, propios o alquilados, si se desarrolla alguna actividad laboral.
- Cuando se utilice el uniforme y carné de la compañía o de los clientes, incluso fuera de la jornada laboral.
Esta política será publicada y difundida a todos los colaboradores, proveedores, contratista, subcontratistas y demás grupos de interés para obtener así su cooperación, participación y cumplimiento.
CARLOS ALBERTO SERRATO ROA
Representante Legal
Bogotá D.C. 31 de marzo de 2025